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Tribunal dicta veredicto condenatorio contra autor de homicidio simple en Punitaqui

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle dictó hoy –jueves 25 de enero– veredicto condenatorio en contra de L.E.V.C., en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en la comuna de Punitaqui.

En resolución unánime el tribunal –integrado por los magistrados Zoila Terán Arévalo (presidenta), Claudia Molina Contador (redactora) y Claudio Weishaupt Milner– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable del sentenciado en los hechos.

El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 15.50 horas el 11 de junio de 2023, en el sector Las Ramadas, comuna de Punitaqui, L.E.V.C. sostuvo una discusión y pelea con golpes y elementos cortantes con la víctima, luego de lo cual ambos se retiraron del lugar. Minutos más tarde, el acusado se dirigió al domicilio de la víctima en el sector Los Estanques, donde le disparó a corta distancia al rostro con un rifle a postones, provocándole la muerte en forma inmediata, debido a una herida cráneo encefálica sin salida de proyectil.

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle dictó hoy –jueves 25 de enero– veredicto condenatorio en contra de L.E.V.C., en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en junio del año pasado, en la comuna de Punitaqui.

En resolución unánime el tribunal –integrado por los magistrados Zoila Terán Arévalo (presidenta), Claudia Molina Contador (redactora) y Claudio Weishaupt Milner– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito como la participación culpable del sentenciado en los hechos.

El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 15.50 horas el 11 de junio de 2023, en el sector Las Ramadas, comuna de Punitaqui, L.E.V.C. sostuvo una discusión y pelea con golpes y elementos cortantes con la víctima, luego de lo cual ambos se retiraron del lugar. Minutos más tarde, el acusado se dirigió al domicilio de la víctima en el sector Los Estanques, donde le disparó a corta distancia al rostro con un rifle a postones, provocándole la muerte en forma inmediata, debido a una herida cráneo encefálica sin salida de proyectil.

Para el tribunal: “(…) la participación del acusado en los hechos se estimará como autor directo e inmediato, conforme al artículo 15 n°1 del Código Procesal Penal, es posible establecerla con la prueba antes referida y con los dichos prestados por el acusado en estrado, los cuales fueron sostenidos durante toda la etapa investigativa”.

“El tribunal considera que el acusado actuó con dolo directo de matar, por lo que se rechaza la pretensión de la defensa de considerar este elemento subjetivo como dolo eventual, toda vez que el propio justiciable no solo señaló que ‘se la iba a ir a cobrar’, sino que además procedió a cargar el rifle a postones que había en la camioneta de su hermano para dirigirse al domicilio de la víctima y dispararle a corta distancia directo al rostro causándole la muerte de forma instantánea”, añade el acta de deliberación.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Molina Contador– quedó programada para las 15 horas del próximo martes 30 de enero.

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